Nuestra tarifa es del 5% por artista y actuación. Para cachés inferiores a 150€ brutos, aplicamos una tarifa fija de 10€.
Las solicitudes deben realizarse con al menos 2 días laborables de antelación; en el caso de nuevos clientes, 4 días laborables.
Las altas solicitadas el mismo día de la actuación tienen un recargo de 15€ y no podemos garantizar su tramitación, especialmente en fines de semana.
Una vez DAMUSIK ha recibido el pago de la factura, realizamos la transferencia al artista o técnico en un plazo de 48 a 72 horas (nunca antes de las 48 horas). El importe a recibir aparece reflejado en el campo "Nómina a percibir".
Sí. Es posible gestionar actuaciones con uno o varios promotores o pagadores.
Si una misma actuación es abonada por dos pagadores distintos, DAMUSIK emitirá una factura independiente para cada uno de ellos y la liquidación se realizará una vez se hayan cobrado todas las facturas asociadas a la actuación.
Asimismo, si realizas varias actuaciones para distintos promotores, estas podrán gestionarse siempre que se comuniquen correctamente y reflejen la realidad de los servicios prestados.
El coste del servicio no se ve afectado por la existencia de varios promotores o pagadores en una misma actuación.
Toda la documentación se gestiona de forma telemática y queda archivada en el historial del usuario.
Las altas en la Seguridad Social se envían al pagador/promotor de la actuación siempre que el usuario que ha realizado la solicitud nos haya indicado expresamente que desea que se remitan.
La factura se envía el siguiente día laborable a la actuación al pagador/promotor y, si así lo solicita el usuario, también podrá remitirse a este último.
Cuando la factura va dirigida a una administración pública, se envía siempre electrónicamente a través de Ef4ktur / FACE una vez realizada la actuación.
Sí. En actuaciones de producción propia o cuando los ingresos dependen de taquilla, es imposible conocer el importe exacto con antelación. Por eso ofrecemos la posibilidad de iniciar el trámite sin definir la cifra y concretarla después de la actuación, una vez hecha la liquidación de la recaudación.
Desde la publicación en el BOE del 25/01/2023, en el régimen de artistas se puede aplicar una retención no inferior al 2%. A través de DAMUSIK puedes aplicar una retención del 2% o superior. Puedes consultar el BOE aquí y nuestro documento de ayuda.
Para todos los artistas y todas las actuaciones, DAMUSIK comunica telemáticamente el certificado de empresa al SEPE, lo que permite, entre otras cosas, que los artistas que estén cobrando la prestación por desempleo puedan reactivarla online.
Sí. DAMUSIK puede gestionar la facturación de actuaciones realizadas en las Islas Canarias y en Andorra.
Con carácter general, y conforme a la normativa fiscal vigente, las facturas emitidas por estas actuaciones se realizan sin IVA y, en el caso de Canarias, sin repercusión de IGIC. No obstante, la tributación aplicable dependerá en última instancia de la naturaleza concreta del servicio y de las reglas de localización previstas en la normativa fiscal vigente.
No. La contratación puede realizarse mediante alta en el Régimen General de Artistas, por lo que no es necesario darse de alta como autónomo exclusivamente para gestionar una actuación a través de DAMUSIK.
Sí. Un artista o técnico autónomo puede utilizar DAMUSIK para actuaciones concretas. Conviene valorar con su asesor la opción más adecuada según su actividad habitual.
Sí, siempre que dispongas de la documentación necesaria para trabajar legalmente en España y, cuando corresponda, de un número de afiliación a la Seguridad Social.
Si vas a realizar actuaciones temporales en países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, puede ser necesario disponer del certificado A1. Desde DAMUSIK podemos gestionar esta tramitación por un suplemento de 15 € por solicitud.
Sí. Gestionamos actuaciones nacionales e internacionales. Dependiendo del país de destino pueden existir requisitos laborales, fiscales, migratorios o de Seguridad Social adicionales.
Para tramitar un alta en régimen de artistas es imprescindible disponer de un número de afiliación a la Seguridad Social. El artista o técnico debe contar con este número antes de iniciar el trámite. Si no lo tiene, puede solicitarlo a través de este enlace.
DAMUSIK actúa como entidad contratante y responsable de las obligaciones laborales, fiscales y de Seguridad Social derivadas de las actuaciones gestionadas a través de la plataforma.
DAMUSIK tramita las altas entre 24 y 48 horas antes de la actuación o concierto.
Una vez tramitada el alta, si el usuario tiene registrado su número de móvil en la Seguridad Social, recibirá un SMS oficial con los datos del alta (puede tardar uno o dos días).
Sí, no existe ninguna incompatibilidad legal ni fiscal. Las retribuciones y cotizaciones gestionadas por DAMUSIK aparecerán reflejadas automáticamente en el borrador de tu declaración de la Renta.
No existe un límite máximo de facturación diaria establecido por la Seguridad Social para este tipo de actuaciones. La gestión de cualquier caché estará sujeta al cumplimiento de la normativa aplicable.
DAMUSIK puede tramitar la contratación y el alta en el régimen aplicable a los profesionales que formen parte del espectáculo y sean necesarios para su realización, incluyendo técnicos de sonido, roadies, backliners, iluminadores, regidores y demás personal técnico o auxiliar vinculado a la actuación.
El proceso es el mismo que para los músicos: únicamente deberá indicarse la condición de "técnico o auxiliar" y especificar la categoría profesional correspondiente al realizar la solicitud.
Para artistas menores de 16 años, será necesario remitir copia del DNI o documento identificativo del menor, el DNI del padre, madre o tutor/a legal y el libro de familia o documentación acreditativa de la representación legal, con el fin de tramitar la correspondiente autorización para la participación del menor en la actuación.
Asimismo, cuando resulte necesario, se solicitará el Número de Afiliación a la Seguridad Social del menor. DAMUSIK puede gestionar estos trámites con un mínimo de 15 días de antelación por un coste de 60 €.
Para artistas de 16 años o más, el trámite se realiza con normalidad y sin procedimientos especiales. En cualquier caso, el artista deberá disponer de un Número de Afiliación a la Seguridad Social. Si no dispone de él, DAMUSIK puede solicitarlo por un coste de 20 €.
La Seguridad Social tiene publicada en su web una guía práctica para artistas con información que puede resultarte muy útil. Puedes consultarla aquí.
La contratación de una actuación debe documentarse adecuadamente para garantizar la seguridad jurídica de todas las partes.
Cuando la contratación se gestione a través de DAMUSIK, la documentación contractual vinculada a la actuación se formalizará conforme al modelo de contratación aplicable y a nombre de la entidad contratante que corresponda.
Si una actuación o concierto se cancela, el usuario que haya solicitado la factura y las altas en la Seguridad Social deberá comunicarlo a DAMUSIK con la mayor antelación posible.
Del mismo modo, si una vez enviada la solicitud se detecta cualquier error en los datos facilitados, será necesario comunicarlo lo antes posible escribiendo a solicitudes@damusik.eus e indicando siempre el nombre del grupo y la fecha de la actuación.
Dependiendo del momento en que se comunique la cancelación o el error, DAMUSIK podrá haber asumido costes de gestión, tramitación o cumplimiento de obligaciones legales que podrán ser repercutidos al solicitante.
Asimismo, la normativa vigente contempla determinados supuestos de suspensión o cancelación de espectáculos en los que pueden existir derechos económicos a favor de los artistas. Puedes consultar más información en el Artículo 22. Suspensión de espectáculos del BOE.
Sí. Puede ocurrir que, pocos días antes de la actuación, sea necesario sustituir a un artista por otro. Siempre que las altas en la Seguridad Social aún no se hayan tramitado y el nuevo artista mantenga las mismas condiciones económicas, el cambio puede hacerse sin ningún coste. Para gestionarlo, el usuario deberá enviar un correo a solicitudes@damusik.eus indicando el nombre del grupo, la fecha de actuación y los datos del nuevo artista.
DAMUSIK dispone de un seguro de Responsabilidad Civil para las actuaciones y conciertos gestionados a través de la plataforma, con el objetivo de ofrecer una mayor protección a artistas, técnicos y auxiliares durante el desarrollo de la actividad.
Las coberturas estarán sujetas en todo momento a los términos, condiciones, límites y exclusiones previstos en la póliza vigente.
La mutua de accidentes de DAMUSIK es MC MUTUAL, que ofrece asistencia telefónica 24 horas en el 900 300 144. Puedes consultar la red de centros aquí.
En caso de accidente, el artista o técnico debe llamar a la mutua para conocer el centro donde recibir asistencia médica y facilitar sus datos, de forma que puedan tramitar la baja y hacer el seguimiento posterior. También debe informar a DAMUSIK por email a solicitudes@damusik.eus lo antes posible, indicando el número de solicitud, los datos del artista o técnico, el lugar y la hora del accidente, y una explicación del mismo. Una vez recibida la información, DAMUSIK cumplimenta el volante de asistencia sanitaria y lo remite a MC MUTUAL, además de notificarlo a la Seguridad Social mediante el procedimiento correspondiente.
Un artista jubilado puede realizar actuaciones y tramitar su contratación a través de DAMUSIK como cualquier otro artista. No obstante, la compatibilidad entre la pensión y la actividad artística dependerá de la situación concreta de cada pensionista.
El artista será responsable de comunicar la realización de la actividad al INSS cuando resulte necesario y de verificar el régimen de compatibilidad aplicable en su caso, ya sea mediante este modelo o de forma telemática a través de la web de la Seguridad Social aquí.
DAMUSIK no puede determinar la compatibilidad individual de una pensión concreta ni sustituir el criterio que corresponda aplicar por parte del INSS.
Con la aprobación del Estatuto del Artista se ha creado una prestación especial por desempleo para el sector cultural y artístico (también para auxiliares y técnicos del sector), dirigida a quienes no tengan derecho a la prestación contributiva por desempleo.
¿Cuáles son los requisitos? Acreditar estar en situación de desempleo y haber cotizado 60 días en actividad artística en los últimos 18 meses, o bien 180 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo (siempre que no se hayan computado para una prestación previa).
¿Cuál es la cuantía? El 80% del IPREM mensual; o el 100% si la base de cotización de los últimos días supera los 60€.
¿Cuánto dura? 120 días.
¿Cotiza? Sí, cotiza por la contingencia de jubilación. La base de cotización coincidirá con la mínima vigente en cada momento por contingencias comunes.
¿Cuándo podré volver a solicitarla una vez agotados los 120 días? Cuando el trabajador vuelva a estar en situación de desempleo, reúna los requisitos y haya pasado al menos un año desde la extinción de la prestación anterior.
¿Es compatible con otras prestaciones? La prestación se extingue al acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial. Es incompatible con trabajar por cuenta propia o ajena, así como con otras prestaciones (renta mínima, de inclusión, salario social u otras), salvo con la percepción de derechos de propiedad intelectual y de imagen.
El incumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social puede dar lugar a sanciones, liquidaciones de cuotas y otras responsabilidades previstas legalmente.
DAMUSIK tiene la obligación de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social y todos los impuestos derivados de la actuación. Aunque el cobro se demore en exceso, en ningún caso pediremos al artista o técnico que adelante el importe de las cotizaciones ni de los impuestos.